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Pagos, asistencia e impuestos

Créditos fiscales para los beneficios médicos para la atención de personas transgénero y en uniones libres

El crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas en uniones libres está disponible para las empresas que ofrecen cobertura de seguro de salud a las parejas de hecho de sus empleados y a los hijos de dichas parejas de hecho.

El crédito fiscal por beneficios médicos para el tratamiento transgéneroestá destinado a las empresas que ofrecen cobertura de seguro para la atención a personas transgénero al mismo nivel que ofrecen la cobertura para otros tratamientos médicamente necesarios.

Elegibilidad

Para recibir el crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas en uniones libres , la empresa debe:

  • Poner a disposición de sus empleados un seguro de salud para sus parejas de hecho y los hijos de estas.
  • Ofrecer una cobertura de seguro de salud a las parejas de hecho y a sus hijos en los mismos niveles que ofrece a los cónyuges de los empleados y a los hijos de sus cónyuges.
  • No haber ofrecido beneficios médicos para parejas de hecho por igual durante los tres años anteriores al año en el que se solicita por primera vez un crédito.

Una empresa debe cumplir todos los criterios anteriores para ser elegible.

Para recibir el crédito fiscal para beneficios médicos para la atención de personas transgénero , la empresa debe:

  • Hacer que la cobertura del seguro de salud esté disponible para la atención a las personas transgénero* al mismo nivel que ofrece la cobertura para otros tratamientos médicamente necesarios.
  • No haber ofrecido beneficios médicos para personas transgénero por igual durante los tres años anteriores al año en el que se solicita por primera vez un crédito.

*La atención a las personas transgénero se define como el tratamiento médicamente necesario para la disforia de género y el trastorno de identidad de género, incluidas las visitas al consultorio, las pruebas de laboratorio, los medicamentos recetados, los tratamientos hormonales, el asesoramiento y las cirugías de transición necesarias para el tratamiento de cualquiera de ellos.

Una empresa debe cumplir todos los criterios anteriores para ser elegible.

Importes de los créditos

Para cualquier año fiscal completo en el que su empresa cumpla de forma continua con los criterios de elegibilidad, puede solicitar un crédito fiscal no reembolsable contra su obligación de pagar el Impuesto sobre la renta y recibos comerciales (BIRT) para ese año fiscal, de la siguiente manera:

Para consultar la página Crédito fiscal por prestaciones sanitarias para parejas de hecho :La cantidad menor de 4.000 $ o el 25% de la cantidad que su empresa gaste durante el ejercicio fiscal en adquirir prestaciones sanitarias para las parejas de hecho de sus empleados y los hijos de estas parejas de hecho.

Para consultar la página web Transgender Care Health Benefits Tax Credit :La cantidad menor de 4.000 $ o el 25% de la cantidad que su empresa gaste durante el ejercicio fiscal para incluir la cobertura de cuidados transgénero en la cobertura del seguro de enfermedad que proporciona a los empleados.

Restricciones

No puede reclamar un crédito fiscal en ningún año que no sea el año fiscal en el que su empresa brinda los beneficios médicos.

No puede solicitar ninguno de los dos créditos fiscales en más de dos años.Con respecto a cada crédito, dichos años deben ser consecutivos.

Solicitar los créditos

Para solicitar el crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas en uniones libres ,debe presentar:

  • Una declaración que demuestre que su empresa cumple con todos los criterios de elegibilidad. También tendrá que confirmar que su empresa ha recibido la verificación del registro de la pareja de hecho de los empleados que reciben los beneficios de salud correspondientes. Esta declaración debe estar firmada por un representante autorizado.
  • La fecha en la que la cobertura del seguro de salud está disponible para las parejas de hecho de los empleados y los hijos de estas parejas de hecho.
  • La cantidad que su empresa gastó durante el año fiscal para adquirir beneficios médicos para personas en uniones libres.
  • Cálculo del crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de parejas de hecho, en un formulario facilitado por la Ciudad.
  • Cualquier otra documentación o información que el Departamento de Ingresos pueda requerir.

Para solicitar el crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas transgénero, es necesario presentar:

  • Una declaración que demuestre que su empresa cumple con todos los criterios de elegibilidad. Esta declaración debe estar firmada por un representante autorizado.
  • La fecha en la que el seguro de salud se hizo cargo de la atención de las personas transgénero en su empresa.
  • La cantidad que su empresa gastó durante el año fiscal para incluir la cobertura de atención para las personas transgénero en la cobertura del seguro de salud proporcionado a los empleados.
  • Cálculo del crédito fiscal de las beneficios médicos para las personas transgénero, en un formulario facilitado por la Ciudad.
  • Cualquier otra documentación o información que el Departamento de Ingresos pueda requerir.

Usar el crédito

Antes de poder reclamar los créditos fiscales, su solicitud debe ser aprobada y su empresa debe haber cumplido de forma continua con los criterios de elegibilidad durante un año fiscal completo. Una vez que se cumplen estas condiciones, puede reclamar el crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas transgénero o en uniones libres contra la obligación de pagar el BIRT de su empresa.

Para solicitar uno o ambos créditos, envíe lo siguiente al Departamento de Ingresos:

  • Presente su declaración de BIRT utilizando el Centro de Impuestos de Filadelfia con el Anexo SC.
  • Si reclama el crédito fiscal para los beneficios médicos para la atención de personas transgénero y en uniones libres (o ambos).

No se reembolsarán los créditos no utilizados.

Reembolso de los créditos en caso de finalización de los beneficios.

Si su empresa deja de poner a disposición los beneficios médicos para parejas de hecho en un plazo de tres años a partir del final del año fiscal en el que reclamó el crédito, deberá devolver los créditos fiscales para beneficios médicos para la atención de personas en uniones libres que haya reclamado.


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